Es habitual escuchar que la pensión es «un porcentaje del sueldo». En la práctica el juez no aplica una cifra fija: pondera dos cosas, las necesidades del hijo y la capacidad económica de quien debe pagar.
Qué acredita las necesidades
Boletas del colegio, gastos médicos, alquiler, alimentación. Cuanto mejor documentado esté, más sólida es la pretensión.
Qué acredita la capacidad de pago
Boletas de pago, declaraciones de renta, movimiento de cuentas o indicios del tren de vida cuando los ingresos no están formalizados.
La pensión se puede variar
Si cambian las circunstancias —el obligado pierde el trabajo, o el hijo entra a la universidad— cualquiera de las partes puede pedir que se aumente o reduzca. No es una cifra cerrada para siempre.
Reúne los comprobantes antes de la primera audiencia. Un expediente bien documentado pesa más que cualquier argumento.
